quarta-feira, 11 de dezembro de 2024

 

El Sáhara Occidental y la autodeterminación del pueblo Saharaui

Por: José Geraldo de Sousa Junior (*) – Jornal Brasil Popular/DF

El pasado 13 de noviembre se cumplieron cuatro años de acción militar de la organización política Frente Polisario, que defiende la autodeterminación del pueblo de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD), al retomar las armas contra el ejército marroquí. La acción armada fue justificada por el grupo de resistencia saharaui, que acusa a Marruecos de romper un acuerdo de alto el fuego de casi 30 años.

En cierto modo, fue una acción que contribuyó a sacar del silencio casi obsequioso un conflicto tanto más oculto cuanto que representa un fuerte desafío a la permanencia en las relaciones internacionales del modelo colonial que aún caracteriza la estrategia de las grandes potencias económicas. -Las potencias militares establecen los términos de ratificación de sus intereses hegemónicos globales.

Brasil es uno de los únicos países de América Latina que no reconoce la soberanía del Sáhara Occidental, lo que va en contra de la tradición diplomática brasileña. De hecho, Brasil es uno de los tres países de América del Sur que no reconocen la soberanía de la República Árabe Saharaui Democrática, junto a Argentina y Chile. Por este motivo, Itamaraty no mantiene relaciones diplomáticas con el Sáhara Occidental, pero reconoce al Frente Polisario como único y legítimo representante del pueblo saharaui.

Marcado por la colonización, el territorio del Sáhara Occidental estuvo dominado por España a partir de 1884 y la realidad actual de su lucha política por la autodeterminación resulta de una gestión torpe, como es habitual en los procesos de descolonización, liderados por el colonizador.

La resistencia saharaui se estableció a lo largo de la primera mitad del siglo XX, hasta los procesos independentistas de los países del norte de África, cuando se reavivó la expectativa de autodeterminación del pueblo saharaui.

El Sáhara Occidental dejó de ser considerado una colonia en 1950, cuando España transformó el territorio en la 53ª provincia de España. Y, en 1975, en plena crisis política en España, tras la muerte del dictador Francisco Franco, el país europeo firmó el acuerdo de independencia y dividió la administración del Sáhara Occidental entre Mauritania y Marruecos, firmados en los “Acuerdos de Madrid”. en relación con lo cual el Tribunal Internacional de Justicia (CJJ), mediante sentencia, estableció la falta de fundamento jurídico de la decisión española.

España se retiró del territorio en 1976, iniciando un conflicto de resistencia saharaui contra Marruecos y Mauritania. En aquel momento, el Frente Polisario fundó la República Árabe Saharaui Democrática (RASD), en la ciudad de Bir Lehlou.

Desde entonces, con matices, los incidentes de este proceso de liberación, a veces en el terreno de las negociaciones, a veces en el sangriento campo armado, han dejado un lastre de violencia, que incluye un alto nivel de sufrimiento. Hoy en día, sólo en los campos de Argelia, hay 165.000 refugiados saharauis de la RASD (República Árabe Saharaui Democrática).

Y, hoy en día, agravando la complejidad de intereses que mueven el ajedrez todavía colonial, en su intensidad neocolonial, la voracidad sobre el territorio del Sáhara Occidental, que atesora los mayores yacimientos de fosfatos del mundo, reservas de cobre, uranio y hierro, además como una costa rica en mariscos.

A principios de octubre, la lucha por la autodeterminación del pueblo saharaui alcanzó la victoria después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea anulara dos acuerdos comerciales firmados en 2019 con el Reino de Marruecos en los ámbitos de agricultura y pesca. En la decisión, el Tribunal estableció que la Comisión Europea violó los derechos de los habitantes del Sáhara Occidental al no consultarlos sobre los acuerdos comerciales con Marruecos, país que invierte unilateralmente la propiedad sobre un territorio y la soberanía de un pueblo al extender sus acciones y la alianzas que los apoyen, una situación de facto hasta que se complete el proceso internacional de reconocimiento de la autodeterminación del pueblo saharaui.

En un Encuentro Internacional de Juristas sobre el Sáhara Occidental, celebrado en la wilaya de Auserd, en los campos de refugiados saharauis, los días 5 y 6 de diciembre de 2024, se alcanzaron algunos entendimientos. La más importante quizás sea lo que considera, de acuerdo con las sentencias del Tribunal de Justicia Europeo (sentencias de 4 de octubre de 2024), “la nulidad de los Acuerdos de Asociación Comercial y Pesquera Unión Europea-Marcas”, con la altamente terreno relevante con repercusiones en situaciones similares, ya que “la necesidad de dichos Acuerdos, en la medida en que afectan al territorio del Sáhara Occidental, debe contar con el consentimiento del Pueblo Saharaui, titular del derecho a autodeterminación, que no puede ser reemplazada por el consentimiento de la población asentada en el Sáhara Occidental después de la ocupación”, ilegal según el derecho internacional. Los juristas también se pronunciaron sobre otros aspectos muy graves, sometidos a juicio crítico en su encuentro, concluyendo considerando que “en un orden mundial basado en normas, la lógica de la fuerza no puede ser una opción. La única opción es defender los principios del Derecho Internacional y hacer realidad la descolonización del Sáhara Occidental mediante la expresión libre, auténtica y democrática de la voluntad soberana del Pueblo Saharaui en el ejercicio de su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia. Este es el único camino que puede conducir a una solución justa y duradera que restablezca la paz, la seguridad y la estabilidad en el norte de África, en particular, el envío de una misión de investigación, adoptada por los jefes de Estado y de Gobierno en 2013. -La ONU, responsable de implementar las resoluciones sobre el derecho a la autodeterminación, así como las denuncias sobre torturas, detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, derechos económicos, sociales y culturales”.

Teniendo en cuenta las conclusiones de los juristas, debemos estar de acuerdo con ellos en que el caso del Sáhara Occidental es emblemático no sólo como una cuestión de colonialismo clásico, sino también de colonialidad. En este marco, hay que establecer límites y responsabilidades en relación con la conducta de los países y organizaciones que han interferido, siendo la Unión Africana la responsable de implementar su Carta de Derechos Humanos y de los Pueblos, además de enviar misiones de investigación para determinar violaciones de derechos y garantizar a la RASD como representante soberano del pueblo saharaui, basándose en la legalidad africana, de conformidad con sus propias resoluciones y actas; así como la ONU, que debe garantizar la implementación de resoluciones que reconozcan el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui.

Al resumir su posición, los juristas sostienen la convicción de que la situación en el Sáhara Occidental refleja una lucha desigual donde prevalecen la lógica del poder y la realpolitik, revelando una perspectiva colonial, “proveniente de una mala descolonización” que no siguió los preceptos sobre la autodeterminación. de los pueblos establecida en el decenio de 1960 por las Naciones Unidas.

Sin el cumplimiento de estas responsabilidades por parte de los actores involucrados, es poco probable que se avance hacia una solución justa y duradera basada en la autodeterminación y los principios del derecho internacional, ampliando la perspectiva colonial, que no siguió los preceptos sobre autodeterminación de pueblos establecidos en la década de 1960 por las Naciones Unidas, guiadas por los principios de su Carta Magna expresados ​​en la declaración de que “todo pueblo oprimido tiene derecho a lograr la autodeterminación”.

Y mucho menos, a las directrices de los principales pronunciamientos que se inscriben en las declaraciones y pronunciamientos de países y pueblos, vale la pena convocar a la asamblea internacional, que la entonces recién formada Liga por los Derechos y la Liberación de los Pueblos logró reunir en Argel, cuando preparó un documento notable: la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos (1976).

Este documento ‘extraoficial’ aparece en los más calificados repertorios de derechos humanos y, resultado del acuerdo de reconocimiento de los derechos subjetivos de las personas, grupos y pueblos, concientizados y afirmados, forma parte de la dinámica de principio y acción de las personalidades y líderes. quien lo firmó.

Apliqué este documento cuando participé (1991) en el Coloquio Internacional de Argel – Encuentro de Personalidades Independientes, sobre el tema “Crise du Golfe: la Derive du Droit”. Esta aplicación se prestó al debate en ese momento –el Coloquio tuvo lugar el día del alto el fuego en la Primera Guerra del Golfo– y creo que todavía se aplica. Sus disposiciones sobre los derechos a la existencia, la autodeterminación política, las normas económicas, la cultura, el medio ambiente y los recursos naturales, la identidad de las minorías, organizan sistemas efectivos de garantías y sanciones que materializan su eficacia y positividad en el contexto contradictorio de antagonismos nacionales y ética internacional. El preámbulo de este documento designa estas contradicciones para establecer, en consecuencia, los fundamentos éticos: “Vivimos tiempos de grandes esperanzas, pero también de profundas preocupaciones; tiempos llenos de conflictos y contradicciones; tiempos en que las luchas de liberación levantaron a los pueblos del mundo contra las estructuras nacionales e internacionales del imperialismo y lograron derrocar los sistemas coloniales; tiempos de luchas y victorias en que las naciones asumen, entre sí o dentro de sí, nuevos días de justicia; tiempos en que las resoluciones de las Naciones Unidas, desde la Declaración Universal de Derechos Humanos hasta la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados, expresaban la búsqueda de un nuevo orden político y económico internacional” (SOUSA JUNIOR, José Geraldo de. A Crise do Gulf: La deriva del derecho en SOUSA JUNIOR, José Geraldo de Sociología jurídica: condiciones sociales y posibilidades teóricas: Sergio Antonio Fabris Editor, 2002, p. 133-144).

Por lo tanto, son muy bienvenidos los intentos de revertir esta posición, como el de la diputada federal Erika Kokay (PT), del Distrito Federal, en un movimiento para crear el Grupo Parlamentario Brasil-Sáhara Occidental, con el objetivo de presionar al gobierno brasileño. establecer relaciones diplomáticas con la República Saharaui.

También la iniciativa, en mayo de 2024, de la Cámara Legislativa del Distrito Federal instalando una sesión solemne para conmemorar el 51 aniversario del Frente Polisário. En la ocasión, representantes de la Asociación para la Solidaridad y la Autodeterminación del Sáhara Occidental (ASAHARA), fundada en la capital brasileña en 2018, y parlamentarios exigieron la creación de una embajada del país en Brasil.

La presencia de un representante del Frente Polisário en Brasilia, en estos eventos y articulaciones, ha sido un indicio de influencia política en el gobierno federal para el reconocimiento de la RASD. Actualmente, 82 países reconocen la independencia del Sáhara Occidental.

Para el representante Ahmed Mulay, “el mundo se enfrenta a una “grave crisis del capitalismo”, en la que la gente lucha por la justicia y por recuperar derechos y riquezas”. Para el representante, las grandes potencias de Occidente no han respetado esto, además de destruir la tierra y la naturaleza. Es necesario optar por la estabilidad global antes de pensar en ganar. La tierra ofrece riquezas al mundo entero, pero lamentablemente Occidente no tiene esta filosofía. Es una nueva forma de esclavitud, te guste o no. Y sólo la unidad del pueblo puede revertir esto”. (https://operamundi.uol.com.br/especial/ultima-colonia-na-africa-retomada-das-armas-pela-resistencia-saaraui-completa-quatro-anos/).

En continuidad con estas agendas, es necesario continuar debatiendo temas que convoquen a posiciones a favor de la autodeterminación del pueblo saharaui; la soberanía permanente de los pueblos sobre sus recursos naturales; la investigación de crímenes de guerra y la aplicación de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario con la rendición de cuentas de los agentes, autoridades y gobiernos que violan y perpetran estos crímenes y la prevención de la guerra híbrida en forma de lawfare contra activistas y periodistas que denuncian estas violaciones.

Es cierto, afirma el representante del Frente Polisario en Brasil, Ahmed Mulay, «que sólo nosotros mismos tenemos que encontrar la manera de lograr nuestra independencia». Pero – añade en una entrevista concedida a Esquerda Diário (https://esquerdadiario.com.br/Entendemos-que-so-nos-melhores-temos-que-buscar-a-forma-de-conseguir-nossa-independencia-entrevista ) – “Además, estamos tratando de convencer a Su Excelencia el Presidente Lula de que trate la causa saharaui como él ha tratado la causa palestina. Recibió representación de Palestina, luego dio un paso más y reconoció la República de Palestina y permitió la existencia de una embajada palestina en Brasil. Ya ha reconocido al Frente Polisario, pero queremos que avance y reconozca a la República Árabe Saharaui Democrática y nos permita abrir una embajada junto con la embajada palestina en Brasilia. Esta es nuestra lucha y por eso necesitamos de ti y de todos tus conocidos los medios para que podamos movilizar la opinión internacional y alcanzar este objetivo”.

(*) José Geraldo de Sousa Junior es profesor de la Facultad de Derecho y ex decano de la Universidad de Brasilia (UnB)

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